Los contribuyentes con cuentas, valores o bienes en el extranjero a 31 de diciembre de 2012 deberán identificarlos ante Hacienda desde este viernes y hasta el próximo 30 de abril, de acuerdo con la nueva ley antifraude, que contempla sanciones de hasta el 150% del valor del bien no declarado.
Esta nueva obligación no supone ningún pago adicional de impuestos, sino que se trata de una mera declaración informativa, con el fin de estrechar el cerco sobre los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero sin declarar. De esta forma, si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial en el IRPF, con lo que tributará al tipo marginal en cuestión, que puede llegar al 52%.
Además, aunque esta cuenta se hubiera abierto en el año 2000 y, por tanto, el fraude fiscal se hubiera cometido en un ejercicio fiscal ya prescrito, no se considerará como tal y se girará la declaración y la sanción correspondiente al último periodo impositivo que no haya prescrito.
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Por : auditores
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diciembre 20, 2012
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